Legalización de libros en el Registro Mercantil

Legalización de libros en el Registro Mercantil

El 30/04 es el plazo máximo en España para proceder a la legalización telemática de los libros mercantiles de las sociedades, correspondiente al ejercicio anterior.

La legalización de libros se realiza telemáticamente ante el Registro Mercantil del domicilio de la sociedad.

Los libros que deben legalizarse son los siguientes:

  • Libro de Actas, tanto de la Junta General como del Consejo de Administración, correspondientes al año en cuestión.

  • Libro Registro de Socios, que recoge los posibles cambios en la titularidad del capital durante el ejercicio anterior.

  • Libro de Contratos de la Sociedad con el Socio Único. Los contratos no inscritos en este libro no podrán hacerse valer frente a terceros en caso de eventuales procedimientos concursales de la empresa.

 

Certificación de libros de contabilidad en el Registro Mercantil

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