Requisitos para aplicar cambios sustanciales en las condiciones de trabajo
La empresa podrá aplicar modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo cuando concurran razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Se consideran tales las relativas a la competitividad, la productividad o la organización técnica o del trabajo.
Se consideran modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, entre otras, las que afecten a los siguientes aspectos:
- Horario de trabajo.
- Jornada laboral y distribución del tiempo de trabajo.
- Régimen de trabajo a turnos.
- Sistema de remuneración y cuantía de los salarios.
- Sistema de trabajo y rendimiento.
- Funciones del trabajador.
Para llevar a cabo este tipo de medidas, el empresario deberá notificar al trabajador la decisión de modificar las condiciones de trabajo, al menos con quince días de antelación a la fecha de aplicación de la decisión.
En los casos previstos en las letras a), b), c), d) y f) del apartado 1, si el trabajador se considera perjudicado por la modificación, puede adoptar diversas vías:
Rescindir el contrato y solicitar una indemnización equivalente a 20 días de salario por cada año trabajado.
Apelar la decisión. La sentencia del juez del trabajo declarará justificada o injustificada la modificación y, en este último caso, reconocerá el derecho del trabajador a ser reinstalado en los términos y condiciones preexistentes.
